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Tarifas Eléctricas para condominios y domicilios.

Las tarifas eléctricas imperantes en el país se rigen por leyes dictadas por la Comisión Nacional de Energía (CNE), donde se hace una clasificación entre cliente libre y regulado. El código tarifario se aplica a todos los clientes regulados que tienen una potencia conectada inferior a 500 kW.  Por otra parte los clientes libres son aquellos que tienen una potencia conectada superior a 2000 kW, este tipo de cliente negocia libremente a quien le compra y a que precio, eligiendo entre empresas generadoras o distribuidoras. Los clientes cuya potencia conectada este entre 500 kW y 2000 kW pueden optar a ser cliente  cliente libre o regulado según su criterio. La potencia conectada es la suma de las potencias de los equipos instalados en el condominio o edificio.

En el caso de los clientes regulados las tarifas electricas se someten a la intervención del estado para regular sus precios, debido que este tipo de clientes no tiene opción de poder elegir ( caso de monopolio natural) a quien le compran energía eléctrica, estando cautivo a la empresa distribuidora de su zona geográfica (Chilectra, CGE, etc.).

Los clientes regulados pueden optar a diferentes tipos de tarifas según estén conectados en baja tensión (B.T) o alta tensión (A.T).

Opciones tarifarias para Clientes Regulados

Por ejemplo,  la tarifa B.T.1 es para clientes domiciliarios simples alimentados en baja tensión cuya potencia conectada es inferior a 10 kW y deben de disponer de un limitador de potencia para cumplir con esta condición. Esta tarifa comprende los siguientes cargos:

•    Cargo fijo mensual: es independiente del consumo y se factura incluso si este es nulo.

•    Cargo por Energía base: se obtiene multiplicando los kWh de consumo base por  el precio unitario de kWh.

•    Cargo por energía adicional de invierno: se aplica entre el 1 de mayo y el 30 se septiembre de cada año. Si el consumo del cliente en estos meses supera un cierto límite de invierno establecido para el cliente se cobrara un cargo adicional.

 Otro caso es la tarifa B.T.2 es para clientes con opción de potencia contratada. La potencia contratada es un compromiso de la distribuidora para asegurar un valor especificado de potencia hacia el cliente. La determinación de una adecuada potencia contratada se determina mediante un estudio adecuado de la demanda máxima de potencia del edificio o condominio, es por esto que se debe elegir criteriosamente el valor de potencia  contratada, puesto que el cargo por este concepto se cobrara de igual manera independiente de la potencia consumida, incluso si esta es nula. Los plazos de tal contrato con la distribuidora rigen por 1 año. Otros cargos de la tarifa B.T.2 son el cargo fijo mensual y el cargo por consumo de energía.

La tarifa B.T.3 es para clientes con medidor simple de energía y se comprenden los siguientes cargos: cargo fijo mensual, cargo por demanda máxima, y cargo por energía.

La tarifa B.T.4 con sus tres modalidades considera precios diferenciados para los clientes mientras el consumo se encuentre en horas horas de punta. Por horas de punta se considera el periodo que abarca entre las 18 y las 23 horas de cada día de los meses desde abril hasta septiembre.

Las tarifas en A.T tienen una estructura similar a las de B.T diferenciados básicamente en los precios aplicados.

En resumen, para la elección de la tarifa adecuada para clientes regulados se debe de disponer de un estudio adecuado realizado por un especialista sobre el tipo de equipos a ser alimentados en el edificio, las características del consumo horario y la demanda máxima junto a otros factores.

La tarifa óptima elegida desde el punto de vista técnico-económico junto con una estrategia de “eficiencia energética” ayudara a un ahorro en los costos de la comunidad del edificio o condominio. Para esto se debe identificar y evaluar los
equipos que podrían ser reemplazados por otros con mayor eficiencia energética, evaluar costos-beneficios y tiempo de retorno de la inversión.

Autor: Rafael Calderón Matute.
Ingeniero Civil Eléctrico.
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